La Casa que ahorra De la A a la G

En la actualidad, es obligatorio poner a disposición de compradores o usuarios de los edificios un Certificado de Eficiencia Energética. Según la normativa vigente sobre certificación energética, su objetivo fundamental es la promoción de la eficiencia energética, mediante la información objetiva que obligatoriamente se ha de proporcionar a los compradores y usuarios en relación con las características energéticas de los edificios. Según dicha normativa, la certificación energética es de obligado cumplimiento para:

  • Edificios de nueva construcción.
  • Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2, donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos.

En el año 2007 se aprobó en España el Procedimiento básico de Certificación Energética de edificios de nueva construcción, mediante Real Decreto 47/2007 de 19 de enero. Este procedimiento incluye la calificación de eficiencia energética que se debe asignar al edificio, expresada mediante una escala de siete letras y siete colores, que va desde la A (edificio más eficiente) a la G (edifico menos eficiente).

El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación (PEVR) y el Plan de Acción para la Eficiencia Energética (PAEE+), junto a las ayudas específicas de una de las comunidades autónomas permitirán:

  • Que ahorremos en la factura energética.
  • Disminuyamos nuestra emisiones de CO2 a la atmósfera.
  • Mejoremos nuestra calidad de vida.

Fundación La Casa que Ahorra – Eficiencia energética en edificación – – De la A a la G